La Constitución de 1876, inspirada parcialmente en las constituciones de 1845 y 1869, fue elaborada por una comisión compuesta por todas las tendencias de opinión monárquicas, sobre todo la representada por Cánovas. Se situaba en un punto equidistante entre la teoría política de los moderados y la práctica parlamentaria británica, que gozaba entonces del mayor prestigio.
Tras los debates parlamentarios, finalmente se impuso el reconocimiento de un Estado confesional católico, aunque aceptando la libertad religiosa.
El sistema diseñado era bipartidista y el turno pacífico permitía la evolución política dentro del régimen: se pretendía que el ejército abandonase el protagonismo político que había tenido en todo el siglo XIX. La Constitución definía, asimismo, la capacidad legislativa de un Monarca que gobernaba conjuntamente con las Cortes, designaba a los ministros -los cuales eran responsables ante las Cortes- y tenía derecho a veto. |